A partir de la vigencia 2021, el impuesto predial se facturará de manera SEMESTRAL, tal y como se establece en el artículo 01 del Acuerdo Municipal 016 de 2020 en el que se modifica de manera parcial el Estatuto Tributario Municipal, y el artículo 01 del Decreto 151 de diciembre de 2020 en el cual se formaliza el Calendario Tributario para la vigencia 2021.
Para la facturación de la vigencia 2021 se incluyó, además de la opción del pago semestral, la opción de pago anual; por ello se tendrán en el documento dos códigos de barras en la factura, uno para el pago semestral y otro para el pago anual. Esto último se hace con el fin de facilitar la expedición de paz y salvo.
Quien decida cancelar su factura anual antes del 22 de junio de 2021, obtendrá un descuento del 5% por pronto pago, sólo por el concepto de impuesto predial de la presente vigencia.
Para conocer la normatividad ingresa a http://girardota.gov.co/
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