En el documento el Gobierno Nacional prohíbe habilitar discotecas y lugares de baile. Pero exime de la norma a los restaurantes y bares.
En el documento el Gobierno Nacional prohíbe habilitar discotecas y lugares de baile. Pero exime de la norma a los restaurantes y bares, siempre y cuando hagan parte de la ejecución de planes pilotos que deben ser autorizados por el Ministerio, con previa solicitud de los mandatarios locales.
"Los alcaldes podrán solicitar al Ministerio del Interior la realización de planes pilotos en establecimientos comerciales que presten servicio de restaurante o bares para el consumo de bebidas embriagantes dentro del establecimiento o local", dice el documento en el parágrafo 1 del artículo 5.
Otros aspectos
En el mismo decreto, el gobierno nacional ordenó " Cerrar los pasos, terrestres y fluviales de frontera con la República de Panamá, República de Ecuador, República del Perú, República Federativa de Brasil y República Bolivariana de Venezuela, a partir de las cero horas (00:00 a.m.) del1 de diciembre de 2020, hasta las cero horas (00:00 a.m.) del día 16 de enero de 2021".
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