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Aprobado en Segundo Debate el Acuerdo 09 de 2020 "El Centro Día del Adulto Mayor" del municipio de Bello




En segundo debate por unanimidad se Aprobó en el Concejo de Bello el acuerdo 09 del 2020 el cual le da facultades al alcalde Óscar Andrés Pérez Muñoz de Bello el uso exclusivo del bien inmueble de propiedad de la alcaldía de Bello,  ubicado en La Calle venezuela del Municipio de Bello "Antiguo Teatro Rosalía" Para El Centro Día del Adulto Mayor de los bellanitas. 

Queda Pendiente el nombre del Centro Día del Adulto Mayor el cual será debatido en plenaria en su momento por los Honorables Concejales, este es un paso más a la materialización del Plan de Desarrollo del Alcalde de Bello #PorElBelloQueQueremos. Dijo a #LaChivaRadio el Concejal Daniel Villa 

Población Adulta Mayor

65.000 Adultos Mayores en el municipio

7.014 Adultos Mayores en Estilos de vida alegre

2.274 Adultos Mayores en la comuna 4 

5.299 Adultos Mayores en Colombia Mayor

5.785 Adultos Mayores beneficiados con los auxilios alimentarios.


Estrategias

Colombia Mayor

Cpsam (Centros de protección social al Adulto Mayor)
Hogar de paso
Estilos de vida Saludable
Diagnóstico nutricional y componente alimentario.


CENTROS DE VIDA

 Centros Vida tendrán la obligación de prestar servicios de atención gratuita a los ancianos indigentes, que no pernoctan necesariamente en los centros, a través de los cuales se garantiza el soporte nutricional, actividades educativas, recreativas, culturales y ocupacionales y los demás servicios mínimos establecidos en la presente ley.

RESOLUCIÓN 000055 DE 2018 MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCiÓN SOCIAL.

“Lo previsto en esta resolución respecto de los Centros Vida, se entenderá aplicable a los Centros de Día del Adulto Mayor".

LEY 1276 DE 2009 ARTÍCULO 6

Centros Vida tendrán la obligación de prestar servicios de atención gratuita a los ancianos indigentes, que no pernoctan necesariamente en los centros, a través de los cuales se garantiza el soporte nutricional, actividades educativas, recreativas, culturales y ocupacionales y los demás servicios mínimos establecidos en la presente ley.























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